31.8.11

CERTIFICADO DE APTITUD PROFESIONAL (CAP)





C.A.P.

CERTIFICADO DE APTITUP PROFESIONAL

DIRECTIVA 2003/59/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO

REAL DECRETO 1032/2007

El 15 de julio de 2003 se publica una Directiva en el Parlamento Europeo en la que se recoge un modelo formativo para los conductores profesionales.

Esta Directiva pretende que se unifique en toda la CE la formación y conocimientos que los conductores profesionales han de adquirir en materia de transportes y conducción de vehículos, independientemente del permiso de conducir necesario para conducir el vehículo y su posterior actualización de conocimientos.

Todos los que han obtenido un carnet profesional C1, C, C+E, D1, D, saben de sobra que para obtenerlo no se profundiza para nada en materia de transportes, documentación de transportes, etc. En cuanto a la materia del Tacógrafo se habla de lo básico y en cuanto a la conducción del vehículo nos ceñimos a obtener el carnet con cuantas menos clases mejor (teniendo en cuenta el precio es normal) y con un vehículo de lo más ajustado posible a las medidas exigibles, para que resulte más sencillo poder superar el examen.

También el examen de tráfico se rige por unas pautas objetivas que nada tiene que ver con la conducción real de un vehículo pesado, pongamos el ejemplo que para abandonar una autovía se califica negativamente el que levantemos el acelerador o frenemos antes de entrar en el carril de deceleración, cuando esto lo hagamos a 90 km/h con 40 toneladas es obvio donde iremos a parar. Tampoco tráfico admite para examinar en vehículos pesados un camión o autobús con caja de cambio automática, y hemos de tener en cuenta que hoy en día el 90% de los vehículos pesados que se matriculan cuentan con cambio automático o semiautomático.

Es muy frecuente que una persona salga de una autoescuela con su carnet de conducir de camión o de autobús, sin saber poner la tarjeta del tacógrafo, rellenar un disco o el Libro de Ruta, qué es un CMR, un Certificado de Actividades, o sin saber cómo funciona un cambio automático.

Por estas razones se hace necesario que los conductores profesionales además de obtener un permiso que les habilite para conducir, adquieran una formación complementaria en la que conozcan las normas que desarrollan el transporte, conocimientos en cuanto a conducción de vehículos de transporte reales de transporte, conducción racional, sin la presión de tener que superar un examen, documentación de transportes, normativa social, prevención de riesgos, etc. y por supuesto un posterior mantenimiento de esos conocimientos, en definitiva PROFESIONALIZAR EL SECTOR DEL TRANSPORTE.

En la Directiva se da un plazo para que los países miembros la vayan incluyendo en su ordenamiento jurídico. España así lo hace publicando el 20 de julio de 2007 el Real Decreto 1032/2007 con el cual se hace la transposición a nuestro ordenamiento jurídico de dicha Directiva.

El citado Real Decreto recoge los dos modelos formativos que dicha Directiva contempla, un curso de cualificación inicial para los nuevos profesionales y una formación continua tanto para estos conductores, como para los conductores ya veteranos.

OBJETIVO

Conseguir conductores profesionales mejor cualificados y adaptados a las nuevas exigencias del mercado del transporte, en definitiva mejorar la calidad y la seguridad tanto del tráfico, como de los propios conductores.

¿PARA QUIÉN ES OBLIGATORIO?

1.- Para los conductores de vehículos destinados al transporte de mercancías de más de 3.500 kg. de M.M.A.

2.- Para los conductores de vehículos destinados al transporte de personas, con más de nueve plazas incluido el conductor.


¿QUIENES ESTÁN EXENTOS?

Conductores de vehículos:

1.- Cuya velocidad máxima autorizada no supere los 45 km/h.
2.- De las Fuerzas Armadas, protección civil, bomberos, cuerpos policiales, o bajo su control.
3.- Que estén siendo sometidos a pruebas en carretera para mejora técnica, reparación o mantenimiento, o bien vehículos nuevos o transformados y aún no se hayan puesto en circulación. (Por ejemplo un mecánico que pruebe un camión o un autobús en carretera, o el conductor de una marca de vehículos que traslade los vehículos antes de matricularse). NO necesitan el CAP.
4.- Utilizados en situaciones de emergencia o que se encuentre destinados a misiones de salvamento.
5.- Utilizados en las clases prácticas para la obtención del permiso de conducir o el certificado de aptitud profesional.
6.- Utilizados para realizar transporte privado particular de viajeros o mercancías. (No confundir este tipo de transporte, con el transporte privado complementario. El conductor de un camión de un almacén de materiales de construcción, una fábrica de muebles, etc. en definitiva lo que vulgarmente se conoce como "mercancías propias" que antiguamente llevaban el distintivo de transporte blanco. SÍ están obligados a obtener el CAP.
7.- Que transporten material o equipos para el uso del conductor en el ejercicio de su profesión, siempre que la conducción del vehículo no represente la actividad principal de dicho conductor.


¿EN QUÉ CONSISTE EL CAP?

Se establecen dos tipos de cursos:

             •Una cualificación inicial: para los nuevos conductores.

             •Una formación continua: para todos los conductores.

CUALIFICACIÓN INICIAL:

             •Modalidad ordinaria, 280 horas

             •Modalidad acelerada, 140 horas

Obligatoria para:

Para los permisos D1 o D:
Los expedidos desde el 11 de septiembre de 2008.

Para los permisos C1 o C:
Los expedidos desde el 11 de septiembre de 2009

En ambos casos, después hay que superar un examen teórico, organizado por el organismo competente en materia de transporte en la comunidad autónoma del conductor.

LOS CONDUCTORES CON EL PERMISO DE QUE SE TRATE ANTERIOR A ESTAS FECHAS, ESTÁN EXENTOS DE LA CUALIFICACIÓN INICIAL.

Quiere decirse que un conductor que posea el permiso D1 o D anterior al 11 de septiembre de 2008, estará exento de la cualificación inicial para VIAJEROS.

O bien un conductor que posea el permiso C1 o C de fecha anterior al 11 de septiembre de 2009, estará exento de la cualificación inicial para MERCANCÍAS.

¿EN QUE CONSISTEN LOS CURSOS DE CUALIFICACIÓN INICIAL CAP?

Son cursos teórico-prácticos, que versan sobre las siguientes materias:

            •Conducción racional basada en normas de seguridad.

            •Aplicación de la reglamentación de transportes.

            •Reglamentación.

           •Horas prácticas de conducción individual.

El objetivo es que los conductores conozcan los motores actuales, sus características, curvas de par, potencia, consumo, y su aplicación a la práctica.

Concienciar a los conductores de la importancia del mantenimiento y que influencia tiene tanto para la rentabilidad de los vehículos como la importancia que tiene para la Seguridad Vial.

En cuanto a Reglamentación de Transportes, conocer toda la documentación necesaria para el transporte, cuadro de sanciones, responsabilidad, uso cotidiano del tacógrafo, etc.

Las horas individuales de conducción se deben hacer con vehículos, en cuanto a medidas y pesos lo más próximo a lo que es la realidad del transporte, y aplicar las técnicas aprendidas en los módulos teóricos.

Es adquirir una experiencia que con solo obtener el permiso no se adquiere, para ser profesionales mejor cualificados.

Dar a conocer a los conductores la importancia que tiene la satisfacción al cliente, como sector servicios que somos, y como conseguirlo.

Después de realizar el curso hay que superar un examen sobre las materias estudiadas.

¿QUÉ DIFERENCIA HAY ENTRE LA CUALIFICACIÓN INICIAL DE 280 HORAS Y LA DE 140 HORAS?

Con la modalidad ordinaria (280 horas), se contempla la posibilidad de conducir vehículos para los que se exija el permiso C, C+E, D1, D1+E, D o D+E (50 km) a los 18 años, o bien, D o D+E a los 21 sin limitación, siempre que se tenga el permiso correspondiente.
Aquí se enfrentan las normativas de Transportes y Tráfico, ya que la normativa española de Tráfico, no permite obtener el permiso C hasta los 21 años o el permiso D hasta los 24.
Por consiguiente en España los cursos de 280 horas quedan más limitados.
Se realizan mayoritariamente los cursos de 140 horas, bien antes o después de obtener el permiso de conducción.
Una vez finalizado el curso, los aspirantes disponen de seis meses para la superación del examen.
Transcurrido este plazo sin haber superado el examen el curso pierde su validez.

EXÁMENES:

        •Los convoca el Órgano Competente en materia de Autorizaciones de Transportes en la Comunidad Autónoma.

        •Se convocan, mínimo seis exámenes al año, los meses impares.
(En algunas Comunidades se convocan exámenes mensualmente).

        •Constan de 100 preguntas tipo test con cuatro respuestas alternativas, las respuestas correctas suman 1 punto, las erróneas restan 0.5 puntos, las no contestadas ni suman ni restan puntuación. Para aprobar es necesario obtener 50 puntos.
(En la página web del Ministerio de Fomento están a disposición las preguntas que saldrán en los exámenes, son tres baterías de unas 7.000 preguntas más o menos).

¿DÓNDE SE HACEN LOS CURSOS CAP?

Se hacen en Centros Autorizados por el Órgano Competente en materia de Transportes.

Los centros deben EXPONER una copia de la AUTORIZACIÓN en lugar visible en las zonas de recepción e información.
El conductor puede hacer el curso en cualquier centro de España, pero el examen lo tendrá que hacer en la Comunidad en la que esté empadronado al menos 180 días anteriores a la solicitud del examen.

¿TENGO QUE HACER UN CURSO DE CUALIFICACIÓN INICIAL PARA VIAJEROS Y OTRO PARA MERCANCÍAS?

SÍ, pero en este caso, al tener materias comunes, se hace una “AMPLIACIÓN”, reduciéndose el curso a 35 horas para materias específicas.

El examen queda entonces con 25 preguntas.

CASO 1:

Tengo el carnet de camión desde antes de septiembre de 2009, pero me saqué el carnet de autobús después de septiembre de 2008, o no lo tengo todavía. Entonces tendré que hacer un curso de Cualificación Inicial y examinarme en la modalidad VIAJEROS.

CASO 2:

Tengo el carnet de autobús anterior a septiembre de 2008, pero no tengo el carnet de camión o me lo he sacado después de septiembre de 2009. Entonces tendré que hacer un curso de Cualificación Inicial y examinarme en la modalidad MERCANCÍAS.

CASO 3:

No tengo ningún permiso profesional o los he obtenido ambos después de las fechas indicadas, entonces tendré que hacer dos cursos independientes el primero de 140 horas, examen de 100 preguntas, y después otro curso de 35 horas (AMPLIACIÓN), y examen de 25 preguntas.

FORMACIÓN CONTINUA

Es obligatoria para todos los conductores de camiones y de autobuses, que bien han quedado exentos de cualificación inicial, o que una vez realizada, transcurre el plazo de renovación, (5 años).

¿QUÉ ES LA FORMACIÓN CONTINUA?

Este es el curso de 35 horas, sin examen que todo el que tenga los permisos D1 o D, antes de septiembre de 2008, o permisos C1 o C, antes de septiembre de 2009 tendrán que hacer en un plazo dependiendo del último número de su DNI.
Al igual que los que hayan obtenido la Cualificación Inicial transcurridos 5 años.
Es una actualización de los conocimientos esenciales del conductor para el ejercicio de su profesión:

       •FORMACIÓN AVANZADA SOBRE CONDUCCIÓN RACIONAL BASADA EN LAS NORMAS DE SEGURIDAD.

        •APLICACIÓN DE LA REGLAMENTACIÓN DEL TRANSPORTE.

        •SALUD, SEGURIDAD VIAL Y MEDIOAMBIENTAL.

        •SERVICIO Y LOGÍSTICA.

¿CUÁNTO DURA EL CURSO?

Tiene una duración de 35 horas, que se deberán realizar cada 5 años. Y NO HAY EXAMEN.
Se puede realizar en periodos discontinuos de no menos de siete horas cada uno, siempre que se haga en el mismo centro, y dentro del mismo año natural.
(Por ejemplo, al hacerlo por módulos, no hace falta que asistas a un mismo curso, si no que puedes ir al módulo correspondiente aunque sean distintos cursos, siempre que sea el mismo año natural y el mismo centro, esto lo mejor es que os informéis en los centros en los que queráis hacer el curso).

¿CUÁNDO TENGO QUE REALIZAR EL CURSO DE FORMACIÓN CONTINUA?

Los conductores que estuvieran obligados a realizar el curso de Cualificación Inicial, (permisos D1 o D obtenidos desde el 11/09/2008 y permisos C1 o C obtenidos desde el 11/09/2009), deben realizar el primer curso de formación continua antes de que transcurran 5 años desde que obtuvieron su primer certificado de aptitud.

Conductores con permisos D1, D, D1+E o D+E obtenidos antes del 11/09/2008 cuyo D.N.I. termine en:

       •1 ó 2 antes del 10 de septiembre de 2011

       •3 ó 4 antes del 10 de septiembre de 2012

       •5 ó 6 antes del 10 de septiembre de 2013

       •7 u 8 antes del 10 de septiembre de 2014

       •9 ó 0 antes del 10 de septiembre de 2015

Conductores con permisos C1, C, C1+E o C+E obtenidos antes del 11/09/2009 cuyo D.N.I. termine en:

      •1 ó 2 antes del 10 de septiembre de 2012

      •3 ó 4 antes del 10 de septiembre de 2013

     •5 ó 6 antes del 10 de septiembre de 2014

     •7 ó 8 antes del 10 de septiembre de 2015

     •9 ó 0 antes del 10 de septiembre de 2016

En todos los casos, una vez que el conductor ha realizado el primer curso de formación continua, deberá repetir el curso nuevamente antes de que transcurran 5 años.

¿TENGO QUE REALIAZAR UN CURSO DE FORMACIÓN CONTINUA PARA MERCANCÍAS Y OTRO PARA VIAJEROS?

NO, los cursos de formación continua son comunes, por lo que con la realización de un solo curso es suficiente.

CASO 4:
Tengo los permisos D1 o D anteriores al 11 de septiembre de 2008 y también los permisos C1 o C anteriores al 11 de septiembre de 2009.

En este caso al estar exento de Cualificación Inicial tanto del permiso de autobús como del permiso de camión, sólo tendré que hacer un curso de 35 horas por que es común.

CASO 5:
¿Qué sucede si mi permiso termina en 1 ó 2, y teniendo el permiso de autobús y camión desde hace años, me espero a 2012 para hacer el curso pues no conduzco autobuses, si no camiones?

En este caso desde septiembre de 2011 hasta que realicemos el curso, NO estaremos autorizados a realizar transporte con un autobús.

CASO 6:
¿Qué sucede si estoy exento de la Cualificación Inicial en viajeros pero NO en mercancías o viceversa?
En este caso tendremos que hacer el curso de 140 horas que corresponda por supuesto con su examen, y la formación continua de 35 horas, del que esté exento, según el último número de tu permiso.

¿CUÁL ES LA SANCIÓN POR NO TENER EL CAP, Y QUIÉN ES EL RESPONSABLE?

Según el nuevo baremo sancionador en materia de transportes publicado el 25 de febrero de 2011 se fija en 1001 euros la sanción por carecer el conductor del Certificado de Aptitud Profesional (CAP), responsabilizando al titular de la autorización de transportes del vehículo (titular).

¿ESTÁN LAS EMPRESAS OBLIGADAS POR TANTO A FACILITAR A LOS CONDUCTORES EL CAP?

NO, es un requisito del conductor igual que el permiso de conducir y por tanto las empresas se lo exigirán a los conductores.
Otra cosa distinta es que la empresa quiera facilitarlo a sus conductores, pues disponen de bonificaciones para formación en los seguros sociales.
Se ha firmado ya en algún convenio provincial de transportes que la renovación la facilite la empresa a sus trabajadores, pero insisto son convenios o acuerdos entre patronal y trabajadores.
Lo que está claro es que no puedo ir a una empresa de transportes a pedir trabajo si no tengo permiso de conducir vehículos y por lo tanto el CAP es otro complemento para poder transportar y tendré que tenerlo también.

¿CUÁNTO CUESTAN LOS CURSOS CAP?

Varían según provincias pero rondan entre 1.000 y 1.800 euros los cursos de 140 horas, y de 300 a 450 los de 35 horas.
Los servicios de empleo de las comunidades los han incluido en su programa de cursos para desempleados, y también es posible que Asociaciones o Confederaciones obtengan subvenciones de Fomento y se puedan realizar con menor e incluso gratuitos.

LO QUE TIENEN QUE TENER CLARO LOS CONDUCTORES, ES QUE NUNCA VEÁN LA FORMACIÓN COMO UN IMPEDIMENTO, O UN “SACACUARTOS”, ES UN PASO MÁS PARA ADQUIRIR PROFESIONALIDAD, CUALIFICACIÓN Y RESPETO.

Autor: José Oliver Lorenzo
Profesor en Educación Vial, Logística y Transportes
Centro de formación de conductores profesionales Almiro


No hay comentarios:

Publicar un comentario

Deja tu comentario, seguro que todos aprendemos algo de ti.